Renuncia de apellido paterno

Jhonny Gota Moncada - Despacho Profesional de Abogados
Abogado de San Juan de los Morros especializado en Derecho Civil General
Estimado(a) usuario(a).
Los apellidos están determinados por la filiación, debiendo llevar los hijos el primer apellido del padre y de la madre, en ese mismo orden. El apellido de una persona indica la familia a la cual pertenece, se transmite de padres a hijos y está subordinado a la filiación o vínculo de parentesco habido entre padres e hijos. El primer apellido del padre y de la madre forman los dos apellidos de los hijos.
Toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez, ante el registrador civil cuando éste sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad (Ley Orgánica de Registro Civil). FUERA DE ESTE CONTEXTO, ES IMPOSIBLE CAMBIARSE EL APELLIDO.
Si desea una consulta más amplia por favor envíeme su número celular de contacto o email y con gusto me pondré en contacto con usted a los fines de la orientación correspondiente y de ofrecerle una oferta de servicio.
Bien; espero haber respondido su pregunta y le agradezco por favor dedique unos segundos a VALORAR y CALIFICAR mi respuesta en esta misma página; pues es lo mínimo que esperamos al tomar parte de nuestro tiempo en dar solución a las inquietudes de los usuarios.
Saludos,
Dr. Jhonny Gota Moncada