¿Qué hago si no recibo repuesta de la inspectora del trabajo después de pasados 2 meses?

Introduje un procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos ante la inspectoría del trabajo en fecha 1 de julio del 2015, y las últimas conclusiones se entregaron el 22 de julio del 2015.

Ya han transcurrido más de dos meses después de haber introducido el último paso del procedimiento, que fueron las conclusiones, y a la fecha todavía la Inspectora del Trabajo no se ha pronunciado con la decisión del caso.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100

Ruth Garcia

Abogado de Lecherías especializado en Derecho Laboral

VER PERFIL
Contestado

Buenos dias, la ley es clara en cuanto al procedimiento establecido en el articulo 425 LOTTT, las conclusiones solo se da para el procedimiento del Articulo 422 LOTTT.

Si es por abogado privado solicita el recurso de abstencion o carencia por los tribunales siendo que el juez ordenara inmediatamente que el inspector decida.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado