¿Existe la posibilidad de cambiar y/o sustituir el apellido paterno de mi hijo de 6 años por el de mi actual matrimonio de mas de 4 años?

El padre de mi hijo falleció luego de 3 meses de haber nacido nuestro hijo por lo cual fue presentado por el mismo ante el registro civil dándole su apellido (antes de fallecer) hoy luego de 6 años y ahora en un nuevo matrimonio de mas de 4 años de relación quisiera saber si existe la posibilidad de cambiar y/o sustituir el apellido paterno de mi hijo por el apellido de mi actual esposo ya que no tengo relación, contacto y conocimiento de la familia de su fallecido padre, por ello ahora que ya e concebido un hijo con mi esposo, queremos que ambos tengan los mismos apellidos ademas de que tampoco tengo el acta de defunsión del padre de mi hijo mayor y esto me perjudica por ejemplo al momento de inscribirle en el colegio ya que por no tener el acta tampoco puedo poner a mi esposo como su padre ya que no tiene su apellido. de antemano gracias. Y agradezco pueda ayudarme.

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Salinas & Asociados

Abogado de Calabozo especializado en Derecho del Trabajo

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Contestado

Hola, en respuesta a tu consulta, debo decirte que no es posible llevar a cabo de manera jurídica y legal tal pretensión. Debido a que el APELLIDO, es considerado jurídicamente como un derecho de la personalidad, o personalísimo, con el rango de FUNDAMENTAL, y que tiene unas consecuencias jurídicas, patrimoniales, sociales, etc. bien importantes, que hacen que, a excepción del nombre de pila como tal (Pedro, Margarita, etc) que sí admite ciertos cambios bajo algunos parámetros, el APELLIDO resulte inmutable quedando fuera de la órbita de la disposición humana el intento de cambio alguno, una vez la persona fue reconocida por quien es su verdadero padre. La única forma jurídica de hacerlo, es que el padre mismo impugne la paternidad. Con relación al problema que presentas por no poseer el acta de defunciones, debes aclarar la situación jurídica sobre la PATRIA POTESTAD del niño, es decir que solo te corresponde a ti por su padre haber fallecido. Lo puedes hacer por el TRIBUNAL DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE, y mediante el tribunal solicitar una copia del acta de defunción (te recomiendo tratar de conseguir una con la familia)en el lugar donde falleció y pedir al tribunal que te decrete la PATRIA POTESTAD. ¿Dónde estas ubicada?

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado