¿Existe la posibilidad de cambiar y/o sustituir el apellido paterno de mi hijo de 6 años por el de mi actual matrimonio de mas de 4 años?

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Hola, en respuesta a tu consulta, debo decirte que no es posible llevar a cabo de manera jurídica y legal tal pretensión. Debido a que el APELLIDO, es considerado jurídicamente como un derecho de la personalidad, o personalísimo, con el rango de FUNDAMENTAL, y que tiene unas consecuencias jurídicas, patrimoniales, sociales, etc. bien importantes, que hacen que, a excepción del nombre de pila como tal (Pedro, Margarita, etc) que sí admite ciertos cambios bajo algunos parámetros, el APELLIDO resulte inmutable quedando fuera de la órbita de la disposición humana el intento de cambio alguno, una vez la persona fue reconocida por quien es su verdadero padre. La única forma jurídica de hacerlo, es que el padre mismo impugne la paternidad. Con relación al problema que presentas por no poseer el acta de defunciones, debes aclarar la situación jurídica sobre la PATRIA POTESTAD del niño, es decir que solo te corresponde a ti por su padre haber fallecido. Lo puedes hacer por el TRIBUNAL DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTE, y mediante el tribunal solicitar una copia del acta de defunción (te recomiendo tratar de conseguir una con la familia)en el lugar donde falleció y pedir al tribunal que te decrete la PATRIA POTESTAD. ¿Dónde estas ubicada?