¿Qué trámites debe realizar un hijo biológico luego de la muerte de su padre?

Buenas tardes. Soy hijo Biológico de mi padre y desde que tenía ocho años vivo con el. La ubicación familiar fue dictada por un tribunal cuando yo tenía ocho años. Mi padre acaba de fallecer. Jamás utilice su apellido pues fui reconocido por quién fuere el esposo de mi madre.

Ahora bien, solo poseo un reconocimiento firmado por el que nunca notariamos, porque pensé que jamás haría falta, y tengo la constancia del tribunal de menores en la cual dictaminan que soy su hijo biológico. Pregunto, esa constancia es considerada como documento público? O debo notariar la antes de hacer cualquier trámite sucesoral ante el Seniat? Gracias.

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María Elena Diaz de Leon

Abogado de Barquisimeto especializado en Derecho Civil

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Contestado

Con esos documentos vaya al seniat oficina de sucesiones y lleve esos documentos, si necesita llenar la planila me puede contactar . Debe sacar el rif sucesoral y lleve copias de los documentos que demuestran que usted es el hijo del difunto

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