Nombramiento del curador Ad Hoc

Jhonny Gota Moncada - Despacho Profesional de Abogados
Abogado de San Juan de los Morros especializado en Derecho Civil General
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El nombramiento de curador a favor del menor se obtiene mediante solicitud al Juez para que inicie el procedimiento. ¿En qué situaciones aplica? Cuando el interesado en un futuro próximo va a contraer matrimonio y tuviere hijos menores bajo su patria potestad; ello en conformidad al texto de los artículos 110 y 111 del Código Civil. La ley prevé que no podrá celebrarse el matrimonio de quien tenga hijos menores bajo su potestad, sin haber cumplido con este requisito.
En la Audiencia respectiva se acatará el mandato del artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en cuanto a oír la opinión de los menores de edad. En esa oportunidad podrá proponerse como curador ad-hoc a un familiar cercano del adolescente, quien manifestará su conformidad para ejercer el cargo.
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Dr. Jhonny Gota Moncada