Mi esposa vendio la casa de la comunidad conyugal sin mi consentimiento
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Contestado
Estimado(a) usuario(a).
La solicitud de nulidad del contrato està contemplada en los artículos 168 y 170 del Código Civil y puede ser invocada por el cònyuge que no firmò, siempre y cuando no hayan transcurrido màs de 5 años y que el comprador sabìa que el vendedor era casado. Es decir, si el comprador es de mala fe, caso contrario, que el comprador no supiera que el vendedor era casado; procede una demanda de daños y perjuicios al cónyuge vendedor sin el consentimiento del otro.
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