¿Los dias no laborados por faltas injustificadas se pueden descontar del bono vacacional y de los días del disfrute al que el trabajador tiene derecho?

Quiero decir que si el trabajador en el lapso de un año acumula (por ejemplo) cuatro inasistencias. ¿Puede la empresa restarle esos días al bono vacacional y al periodo de disfrute o descanso que le corresponde al empleado anualmente?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Jhonny Gota Moncada - Despacho Profesional de Abogados
Contestado

Estimado(a) usuario(a).

Si Ud. faltó a su trabajo injustificadamente y el patrono se lo pagó, puede más adelante descontar el pago indebido, no obstante tiene que reflejar en el recibo de pago la retención efectuada. Caso contrario debería pagarle completo el bono vacacional.

Bien; espero haber respondido su pregunta y le agradezco por favor dedique unos segundos a VALORAR y CALIFICAR mi respuesta (CASI NADIE LO HACE); pues es lo mínimo que esperamos al tomar parte de nuestro tiempo en dar solución a las inquietudes de los usuarios.

La VALORACIÓN y/o CALIFICACIÓN de la respuesta, se hace en esta misma página.

Saludos,
Dr. Jhonny Gota Moncada

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado