¿Los dias no laborados por faltas injustificadas se pueden descontar del bono vacacional y de los días del disfrute al que el trabajador tiene derecho?
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Jhonny Gota Moncada - Despacho Profesional de Abogados
Abogado de San Juan de los Morros especializado en Derecho Civil General
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Contestado
Estimado(a) usuario(a).
Si Ud. faltó a su trabajo injustificadamente y el patrono se lo pagó, puede más adelante descontar el pago indebido, no obstante tiene que reflejar en el recibo de pago la retención efectuada. Caso contrario debería pagarle completo el bono vacacional.
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Dr. Jhonny Gota Moncada
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