Derechos de los indígenas venezolanos

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Jhonny Gota Moncada - Despacho Profesional de Abogados
Contestado

Estimado(a) usuario(a).

Quiero que después de leer la respuesta valore nuestro trabajo.

Lo que desea lo puede ver en la Constitución Nacional en los artículos: 119 al 126.

Bien; espero haber respondido su pregunta y le agradezco por favor dedique unos segundos a VALORAR y CALIFICAR mi respuesta; pues es lo mínimo que esperamos al tomar parte de nuestro tiempo en dar solución a las inquietudes de los usuarios.

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Saludos,
Dr. Jhonny Gota Moncada

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