Quiero saber cuál es el articulo que dice sobre la renegociación de un contrato de construccion porque el cliente no quiso que se terminara la obra porque no quiso pagar
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Contestado
Buen día, en el Código Civil - Libro Tercero - Título IX: De la Prestación de Servicios - Capítulo II: Contrato de Obra - Arts.: 1630 al 1648.
Le comento que ud. no puede "renegociar" un contrato si el precio aumenta, a menos que eso esté en una cláusula en su contrato, su cliente sí puede desistir de la obra en cualquier momento PERO DEBE INDEMNIZARLO (art. 1639) por una cantidad que ud. iba a ganar en esa obra, es decir, COSTO(materiales, mano de obra (gasto en obreros), etc.) + GANANCIA = PRECIO DE LA OBRA, SI EL CLIENTE DESISTE debe pagar los gastos ya efectuados más la GANANCIA. Espero haber podido orientarlo, cualquier duda puede escribirnos vía correo para conocer su caso más a fondo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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