¿Cuál es el plazo de perención para solicitar el reenganche?

En atención con el vencimiento o la prescripción que establece nuestro ordenamiento jurídico en materia laboral, si bien es cierto que lo puedo interrumpir con una acción administrativa, ¿puedo seguir intentando un reenganche después de 4 años alegando la interrupción administrativa?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100

Doris Ramirez

Abogado de San Cristóbal especializado en Derecho Mercantil

VER PERFIL
Contestado

cuando el trabajador está amparado sólo por la estabilidad de la LOTTT sólo tiene 10 días para actuar. En cambio, cuando está amparado por algún tipo de inamovilidad tiene 30 días. Los casos de reenganche por estabilidad son tramitados ante los tribunales del trabajo y los casos de inamovilidad ante las inspectorías del trabajo. -

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado